Para toda actividad se debe cumplir obligatoriamente con las medidas de prevención establecidas respecto a la pandemia declarada por coronavirus (COVID-19), y otros protocolos para actividades específicas que las complementan, disponibles para la descarga en la web del municipio, sección “Digesto Municipal”, “Legislación de Uso Frecuente”, “Coronavirus”.
En ningún caso se permitirá el ingreso de personas ajenas al partido de San Pedro a estos fines. Será obligatoria la utilización de barbijo o protector facial.
Las actividades podrán realizarse en ríos, lagunas y arroyos de nuestro partido.
En el caso de Kayaks sólo se permitirá su uso en botes individuales
A continuación les compartimos los REQUISITOS GENERALES a cumplir:
No podrán realizar esta actividad las personas integrantes de grupos de riesgo, ni personas no residentes en el Partido de San Pedro.
Todas las personas que desarrollen la actividad, deberán utilizar de forma obligatoria tapabocas o barbijo, y respetar las medidas de higiene correspondientes para la prevención de COVID-19.
En caso de pesca sobre línea de costa, se deberá respetar una distancia mínima de 5 metros entre cada pescador, a excepción de los menores de 12 años que deberán estar acompañados de un adulto mayor conviviente.
Para el traslado en embarcaciones se deberán desinfectar todos los espacios compartidos y limitar la tripulación al 50% de la capacidad máxima permitida (a excepción de grupos familiares convivientes que podrán superar ese número, en caso de ser adecuado para la embarcación). En las embarcaciones habilitadas para más de 8 personas, el límite máximo será de 4 tripulantes.
A bordo se deberán respetar siempre las distancias de seguridad y mantener en todo momento las
medidas de prevención y uso de tapabocas o barbijo. Esta regulación no excluye del cumplimiento de todas las medidas de seguridad y disposiciones para las embarcaciones, exigidas por la Prefectura Naval Argentina.
Se evitará compartir entre las personas, todo tipo de bebidas o comidas, así como elementos deportivos y/o herramientas. Los equipos serán de uso individual: caña, reel, bolso/caja de pesca, anzueleras, carnadas, aparejos en general, etc.
Se deberán desinfectar los elementos utilizados antes y después de la práctica.
La práctica de la actividad solo podrá realizarse todos los días en horario diurno.
Los invitamos a ingresar en www.sanpedro.gob.ar, en la sección Digesto Municipal > Legislación de Uso Frecuente para encontrar todos los protocolos relacionados la Autorización de Actividades Deportivas al Aire Libre.