¡Desde el jueves 12 se permite el ingreso de socios!

9/11/2020

La Municipalidad de San Pedro informó que luego de una nueva reunión con los representantes de clubes locales-entre ellos Pescadores- se terminaron de definir los puntos centrales del decreto que será publicado oficialmente en breve y que establece las pautas para el regreso de actividades recreativas y deportivas.

Decreto Municipal

Art. 1º – Permítase, en el Partido de San Pedro, el desarrollo de actividades recreativas y deportivas, en grupos de hasta 10 personas y en espacios abiertos, de acuerdo a las autorizaciones reglamentadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a través de la Resolución Provincial Nº 2713/2020, ANEXO I (IF-2020-24918839-GDEBA-DPLYTMJGM), Ítem Nº 145.

Art. 2º – Establécese, que las actividades deportivas colectivas autorizadas en el Art. 1º del presente, a partir del día de la fecha, podrán ser realizadas por deportistas nacidos hasta el año 2011. En ningún caso se permitirá la utilización de vestuarios, y se deberá minimizar el uso de espacios comunes y la interacción entre diferentes grupos de deportistas.

Art. 3º – Permítase, a fin de la realización de actividades recreativas autorizadas en el Art. 1º del presente, la permanencia en espacios abiertos al aire libre, públicos y privados, así como el ingreso y permanencia en espacios abiertos al aire libre de instituciones sociales o deportivas, a partir del jueves 12 de noviembre. Los grupos, de hasta 10 personas, deberán respetar un distanciamiento de 5 metros entre cada grupo, y la utilización del tapabocas es recomendada en todo momento posible y obligatoria al llegar o retirarse del lugar. Las instituciones podrán funcionar todos los días en el rango horario de 08 a 21hs. Asimismo, podrán restringir de acuerdo a sus capacidades operativas, tanto los horarios como los días de ingreso de los socios, para garantizar el cumplimiento de las medidas de prevención que eviten la propagación del virus COVID-19. Los menores nacidos en el año 2012 en adelante, solo podrán ingresar, permanecer y retirarse acompañados de alguno de sus progenitores. Se recomienda evitar la presencia de personas integrantes de grupos de riesgo.

Art. 4º – Establécese, que las actividades permitidas a través del presente Decreto podrán ser revocadas por las autoridades sanitarias locales en caso que la situación en el marco de Emergencia Sanitaria así lo amerite.

En consecuencia la Comisión Directiva del Club Pescadores y Náutica San Pedro informa a sus asociados que una vez resuelto se autoriza la apertura del club para todos los socios, siendo la fecha el día jueves 12 del corriente, en el horario anunciado en el decreto municipal. Para el ingreso es indispensable el carnet con cuota al día, no comprometa al personal de portería.

Esta medida, consensuada con todos los clubes y autoridades, requiere del compromiso de todos, es fundamental el compromiso individual, manteniendo el distanciamiento social, uso de barbijo y productos de sanitización personal.

Cabe destacar que el DNU Nacional establece que las personas deberán mantener una distancia mínima de dos metros con respecto a otra persona, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.

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